Ver la versión en Español
A partir del año escolar 2010-2011 (1 de septiembre de 2010), la política del Programa Preescolar de Denver (DPP) será que el día del mes en que se apruebe la solicitud de un niño será el día en que comenzará el desembolso del crédito de matrícula para ese niño. En otras palabras, no se pagará retroactivamente a los proveedores dentro de un mes determinado por los niños que asisten al preescolar pero cuyas solicitudes aún no han sido aprobadas formalmente por el DPP.
Además, a partir del año escolar 2010-2011 (1 de septiembre de 2010), la política actual de ausencias del DPP* se aplicará únicamente a aquellos niños que estén inscritos continuamente de un mes al siguiente en el mismo programa preescolar. Si un niño experimenta un cambio en su estado de solicitud del DPP dentro de un mes determinado, su crédito de matrícula se basará en sus días reales de asistencia. Para los fines de esta política, un cambio a mitad de mes en el estado de solicitud del DPP de un niño puede significar una de tres cosas: aprobación de la solicitud del DPP, cancelación de la inscripción en un preescolar del DPP o transferencia entre preescolares del DPP. En cualquiera de estas tres circunstancias, los créditos de matrícula se determinarán utilizando un monto prorrateado basado en el número real de días que un niño determinado asiste al preescolar en el mes en el que se produce el cambio de estado de ese niño.
* Por cada día que un niño esté ausente más de siete (7) días en un mes determinado, el crédito de matrícula mensual del DPP de ese niño se reduce en esa cantidad de días multiplicado por su tasa de crédito de matrícula diaria. Para los fines de este cálculo, la tasa de crédito de matrícula diaria de un niño determinado se determina dividiendo el monto de su crédito de matrícula mensual por la cantidad de días escolares programados en el mes en cuestión. A modo de ejemplo, si el monto del crédito de matrícula mensual de un niño es $630 y hay 22 días de contacto escolar en septiembre, la tasa de crédito de matrícula diaria de ese niño para septiembre sería $28.64. Si este niño estuviera ausente nueve días en septiembre, su crédito de matrícula mensual se reduciría en $57.28 (2 x $28.64).
Política de pago de los créditos a las mensualidades cuando hay un cambio a mitad de mes en el estatus de la inscripción en DPP
A partir del año escolar 2010-2011 (1º de septiembre de 2010), la política del Programa Preescolar de Denver (DPP) cambió para establecer que el día del mes en el que la solicitud de un estudiante haya sido aprobada es el día en el cual empezará el pago de los créditos a las mensualidades de dicho estudiante. Es decir, los proveedores no recibirán un pago retroactivo durante el mes para las mensualidades de aquellos niños que ya están asistiendo a su programa preescolar pero que todavía no han sido aprobados por DPP.
Además, a partir del año escolar 2010-2011 (1º de septiembre de 2010), la política de ausencias de DPP* comenzó a aplicarse únicamente para aquellos niños que estén inscritos continuamente de un mes a otro en el mismo programa preescolar. Si el estatus de inscripción en DPP de un estudiante sufre algún cambio durante el mes, su crédito a las mensualidades estará basado en los días exactos a los que cursaron al programa. En lo relacionado a esta política, un cambio a mitad de mes en el estatus de la inscripción del estudiante en DPP puede ser interpretado una de las siguientes maneras: la solicitud de DPP fue aprobada, el estudiante dejó de estar inscrito en un programa preescolar asociado a DPP, o el estudiante se transfirió a otro programa preescolar también asociado a DPP. Bajo cualquiera de estas circunstancias, los créditos a las mensualidades serán determinados usando una cantidad prorrateada en base al número exacto de días durante los cuales el estudiante asistió al programa preescolar en el mes en el que ocurrió el cambio de su estatus.
* Sea cual fuere la cantidad de días adicionales por sobre siete (7) días que un estudiante esté ausente durante un mes determinado, el crédito de DPP para las mensualidades de dicho estudiante será reducido ese número de veces multiplicado por el crédito a la mensualidad por día. A fin de hacer este cálculo, el crédito a la mensualidad por día de un estudiante se determina dividiendo su crédito mensual entre el número de días escolares programados durante el mes en cuestión. Por ejemplo, si el crédito mensual para pagar la colegiatura de un estudiante es $630, y hay 22 días escolares programados durante el mes de septiembre, el crédito a la mensualidad por día de este estudiante sería $28.64 ($630/22). Si este estudiante estuvo ausente nueve (9) días durante septiembre, su crédito mensual se reduciría $57.28 (2 x $28.64).