Tuition Credit Payment Policy for Mid-Month Changes in DPP Application Status

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Beginning with the 2010-2011 school year (9/1/2010), it will be the policy of the Denver Preschool Program (DPP) that the day of the month on which a child’s application is approved is the day on which tuition credit disbursal will begin for that child. In other words, providers will not be retroactively paid within a given month for children that are attending preschool but whose applications have not yet been formally approved by DPP.

Additionally, beginning with the 2010-2011 school year (9/1/2010), DPP’s current absence policy* will apply only to those children who are continuously enrolled from one month to the next in the same preschool program. If a child experiences a change in his or her DPP application status within a given month, his or her tuition credit will be based on his or her actual days of attendance. For purposes of this policy, a mid-month change in a child’s DPP application status can be taken to mean one of three things: DPP application approval, disenrollment from a DPP preschool, or transfer between DPP preschools. Under any of these three circumstances, tuition credits will be determined using a prorated amount based on the actual number of days a given child attends preschool in the month in which that child’s status change takes place.

* For however many days over seven (7) that a child is absent in a given month, that child’s monthly DPP tuition credit is reduced by that many days times his or her daily tuition credit rate. For purposes of this calculation, a given child’s daily tuition credit rate is determined by dividing his or her monthly tuition credit amount by the number of scheduled school days in the month in question. By way of example, if a child’s monthly tuition credit amount is $630 and there are 22 school contact days in September, that child’s daily tuition credit rate for September would be $28.64. If this child were absent nine days in September, his or her monthly tuition credit would be reduced by $57.28 (2 x $28.64).

Política de pago de los créditos a las mensualidades cuando hay un cambio a mitad de mes en el estatus de la inscripción en DPP

A partir del año escolar 2010-2011 (1º de septiembre de 2010), la política del Programa Preescolar de Denver (DPP) cambió para establecer que el día del mes en el que la solicitud de un estudiante haya sido aprobada es el día en el cual empezará el pago de los créditos a las mensualidades de dicho estudiante. Es decir, los proveedores no recibirán un pago retroactivo durante el mes para las mensualidades de aquellos niños que ya estén asistiendo a su programa preescolar pero que todavía no hayan sido aprobados por DPP.

Además, a partir del año escolar 2010-2011 (1º de septiembre de 2010), la política de ausencias de DPP* empezó a aplicar únicamente para aquellos niños que estén inscritos continuamente de un mes a otro en el mismo programa preescolar. Si el estatus de inscripción en DPP de un estudiante sufre algún cambio durante el mes, su crédito a las mensualidades estará basado en los días exactos a los que asistió al programa. En lo relacionado a esta política, un cambio a mitad de mes en el estatus de la inscripción del estudiante en DPP puede ser interpretado una de las siguientes maneras: la solicitud de DPP fue aprobada, el estudiante dejó de estar inscrito en un programa preescolar asociado a DPP, o el estudiante se transfirió a otro programa preescolar también asociado a DPP. Bajo cualquiera de estas circunstancias, los créditos a las mensualidades serán determinados usando una cantidad prorrateada en base al número exacto de días durante los cuales el estudiante asistió al programa preescolar en el mes en el que ocurrió el cambio de su estatus.

* Sea cual fuere la cantidad de días adicionales por sobre siete (7) días que un estudiante esté ausente durante un mes determinado, el crédito de DPP para las mensualidades de dicho estudiante será reducido ese número de veces multiplicado por el crédito a la mensualidad por día. A fin de hacer este cálculo, el crédito a la mensualidad por día de un estudiante se determina dividiendo su crédito mensual entre el número de días escolares programados durante el mes en cuestión. Por ejemplo, si el crédito mensual para pagar la colegiatura de un estudiante es $630, y hay 22 días escolares programados durante el mes de septiembre, el crédito a la mensualidad por día de este estudiante sería $28.64 ($630/22). Si este estudiante estuviera ausente nueve (9) días durante septiembre, su crédito mensual sería reducido $57.28 (2 x $28.64).